Juan Cruz Junghanss, gerente comercial de Electrosistemas, se refirió a los retos que enfrentó el sector para ingresar productos en el mercado argentino durante el inicio de la pandemia y a las restricciones, regimenes de identificación y aranceles que podrían cambiar poscovid.
Energía Estratégica
¿Qué desafíos logísticos identificó en 2020, año marcado por el inicio de la pandemia?
Para distinguir los desafíos logísticos del pasado 2020, debemos diferenciar aquellos relacionados a las consecuencias de la pandemia y los otros vinculados a la coyuntura de Argentina y sus políticas comerciales.
Los primeros, que impactaron en la mayoría de países por igual, implicaban un repentino corte en la cadena de suministro, dado que, a raíz de las cuarentenas decretadas por la emergencia, numerosas fábricas y empresas se vieron retrasadas o directamente imposibilitadas para entregar los pedidos de manufacturados.
Este shock de oferta impactó en la forma de faltantes de stock hasta que se regularizó la situación y los tiempos de fabricación en origen volvieron a ser más previsibles.
Los otros desafíos, relacionados a la coyuntura económica del país fueron tal vez los más difíciles para cualquier empresa local. Para destacarlos, debemos distinguir los tres tipos de restricciones existentes. Las correspondientes al BCRA, las de AFIP y las de Secretaria de Comercio.
¿Cuáles serían las restricciones del Banco Central?
Las primeras responden a los intereses de la autoridad monetaria, que restringe los giros de divisas en cada operación de comercio internacional. Hoy toda la atención está puesta sobre las exportaciones e importaciones, porque son los canales por los cuales circula el dólar como moneda de cambio.
Una conocida rigidez corresponde a la de la Comunicación “A” 6818 de octubre de 2019, donde se establece que cada importador debe demostrar el ingreso aduanero de los bienes dentro de los 90 días corridos a partir de la fecha de la compra de divisas para pagar los bienes, lo que genera que cualquier atraso en la producción de una fábrica, sumado a posibles demoras en el flete marítimo u otros factores, deriven en un problema si se exceden los 90 días desde que se inició la importación.
De manera más reciente, rigen también restricciones del BCRA que implican la previa aprobación de esta entidad para permitir importaciones de más de U$S 50.000, la calendarización de los pagos (el BCRA habilita un turno para cancelar deuda con proveedores un día específico), entre otras.
Mencionaste también a la AFIP…
Sí. En otro orden de exigencias, se halla la AFIP con sus limitaciones por motivos fiscales, en un análisis que se llama Capacidad Económica Financiera (CEF). A partir de los números financieros y patrimoniales de cada compañía, se determina qué cupo puede importar.
Además, la mayoría de bienes importados se encuentran alcanzados por el pago de IVA adicional (por ejemplo, 20% además del 21% correspondiente o 10% además del 10.5%), para lo cual existen los certificados de eximición que esta entidad otorga cuando la empresa demuestra tener crédito fiscal acumulado en el tiempo.
Hoy día, sin embargo, estos certificados que representaban un alivio fiscal para muchas empresas, no están siendo asignados con facilidad y uno debe someterse a inspecciones fiscales de mayor detalle. Estos nuevos controles y demoras son un desincentivo a que la empresa tenga saldos más equilibrados y evite que cada importación sea una erogación de caja enorme para sacar la mercadería del puerto.
¿Cómo juega la Secretaría de Comercio?
Las conocidas Licencias No Automáticas (LNA). Estas licencias son, dicho de otra manera, una restricción en forma de autorizaciones para confirmar y revisar la importación de ciertos bienes con el argumento de que se protege a la industria nacional.
A octubre del año pasado, desde la CIRA (la Cámara de Importadores de la República Argentina) aseguraban más de 1000 pedidos de LNA sin aprobar de diversas empresas. Incluyendo pedidos por compras que aún no se pudieron realizar, pero también por compras ya realizadas, pagadas y que están en Aduana sin liberar.
A todo esto, de forma adicional, se le suma la dificultad para acceder a financiación con proveedores, que debido a la situación económica argentina restringen las líneas de crédito, pagos diferidos, etc. con las empresas importadoras del país, a modo de precaución.
Tras años de importar productos para el mercado argentino, ¿cómo evalúa la sistematización de tiempos y formas en la aduana este 2021?
Analizando el tiempo y forma del sistema en la aduana para este año, encontramos muchas relaciones o puntos de conexión con la época del año 2012 aproximadamente. Recordemos que, en aquel entonces, bajo la gestión correspondiente de la Secretaría de Comercio, el desabastecimiento de productos importados, en numerosos rubros, fue dramático. Las coincidencias entre periodos son claras y los mecanismos similares: tiempos extensos para la aprobación de las LNA, al punto de que la falta de previsibilidad es el problema mayor.
Desde el momento en que se presenta una SIMI con LNA, hasta el que esta se aprueba, pueden pasar más de 90 días. Este riesgo es un desincentivo financiero para el importador que deriva en el desabastecimiento de productos.
2021 no será un año prometedor en la sistematización de la aduana, ya que para una optimización de los tiempos y formas de esta se requiere de políticas comerciales públicas acordes, que a su vez no parecerán llegar cuando se tiene en cuenta los desequilibrios macroeconómicos de Argentina.
¿Identifica puntos de mejora en el régimen de identificación de mercaderías/productos para el sector solar fotovoltaico?
Combatir la falta de previsibilidad que tiene el importador sería un buen punto de partida o argumento para diseñar un plan de optimización en el régimen de identificación de productos dentro de nuestra industria. En la actualidad, por ejemplo, no tener la certeza de cuándo se podrá reponer baterías de gel ciclo profundo para almacenamiento en sistemas off-grid (porque son productos con LNA que no se aprueban) trae el problema del cambio de expectativas de los distribuidores, instaladores e inclusive usuarios, que aceleran sus compras por el temor a no conseguir stock en el futuro y esto empeora la falta de previsibilidad del importador.
Explicado esto, podemos intuir que una posible mejora en el régimen de las LNA implica reidentificar de manera más coherente qué productos son producidos total o parcialmente en Argentina y cuáles no, ya que la restricción de productos que no son literalmente reemplazables de manera local tiene graves repercusiones. Esto último debe hacerse considerando el volumen del mercado contra la producción local también (en caso de que hubiere), para saber si localmente la oferta satisface la demanda o no. Tampoco se puede restringir las importaciones si el productor local no tiene capacidad para abastecer la cantidad demandada en Argentina.
Dentro de las consecuencias existentes del régimen actual, vemos que, entre otros ejemplos, terminar instalando baterías de otra tecnología, inversores de segunda mano o no certificados eléctricamente, etc. solo porque no se consiguen localmente los artículos adecuados, deriva en instalaciones de menor calidad y una pérdida de eficiencia para el consumidor, que deberá pagar en el futuro mayores costos cuando los equipos alternativos fallen.
¿Cómo evalúa la aplicación o exención de los aranceles para los distintos componentes que importa?
Es sabido que por la crisis económica que atraviesa Argentina y sus desequilibrios fiscales, se han modificado o levantado numerosas exenciones y beneficios impositivos de productos en diversos sectores. Ahora bien, considerando nuestro sector de las energías renovables, hay algunos productos que no poseen posiciones completamente competitivas.
Los paneles solares fotovoltaicos, por ejemplo, recaen sobre dos posiciones arancelarias. La de “generadores fotovoltaicos” que contempla que el panel incluya diodos equipados (que paga 18% de aranceles, 21% de IVA y 20% de IVA adicional, 6% de impuesto a las ganancias y 2.5% de IIBB, además de la tasa estadística del 3%) y la que corresponde a “células fotovoltaicas en paneles” que no tienen diodos (que paga 12% de aranceles, 10.5% de IVA y 10% de IVA adicional, 6% de impuesto a las ganancias y 2.5% de IIBB). Esto implica que, importando los equipos de la primera manera, si se requiere habrá que considerar soldar los diodos en los paneles.
Más allá de la valoración de cada uno sobre si las posiciones mencionadas son competitivas relativamente o no, el costo impositivo sigue siendo alto.
Otros productos, como los inversores o baterías, recaen sobre aranceles más altos que encarecen el precio considerablemente. Así el costo de instalaciones off-grid o hibridas se eleva, introduciendo dificultades para que el usuario final aborde el costo financiero por sí mismo.